Sin Temor… Ni
Favor…
Protocolo compra y venta de
azúcar
El negocio del
azúcar, como muchos otros, está siendo acaparado por los países árabes y del
medio oriente, debido principalmente a que ellos son los que tienen el dinero,
y en esas negociaciones se involucran cifras muy grandes.
Para este comercio, similar a casi todos aunque no necesariamente
sean para consumo humano, hay reglas, métodos, protocolos que tienen que
llenarse meticulosamente, para que nadie engañe a nadie, o le envíe un producto
de mala calidad, contaminado, etc.
Todos sabemos que el azúcar se produce en ingenios. Estos proyectan su producción y los grandes
compradores le compran por adelantado un alto porcentaje de esta a precios convenientes
y fechas de entrega estipuladas. Así
resulta que estos señores (vendedores o seller), ahora dueños del azúcar que no
producen, la venden a través de empresas vendedoras que trabajan a comisión en
una inmensa red de vendedores y compradores.
Es conveniente notar que compararle al los Ingenios directamente sale
más caro.
PROCEDIMIENTOS
PARA LA NEGOCIACION Y FIRMA DE CONTRATO DE AZUCAR
1) El
vendedor (Seller) envía una “Oferta” al comprador (buyer) por medio de un SCO (Soft
Corporate Offer).
2)
El comprador (buyer) a su vez le envía una “Carta de Intención (LOI)”
3)
Al recibo de la LOI y la orden de compra (ICPO),
el Vendedor (seller) le envía el Contrato al Comprador para su firma y sello electrónicamente
y este ya firmado lo devuelve al Vendedor.
4)
El Vendedor (seller) envía 4 copias originales físicas
del Contrato firmadas y selladas, por Courrier (correo). El Comprador (buyer) las recibe esas 4
copias originales firmadas y selladas por ambos y también por Courrier las envía
a:
a)
Una copia para el Vendedor;
b)
Otra para el Banco del Vendedor;
c)
Otra para el Banco del Comprador; y
d)
Para
el Comprador (buyer).
Una
vez firmado el contrato, las actividades siguientes son de Banco a Banco.
5)
Después de firmado el contrato final, el
Comprador (Buyer) proveerá la prueba de Fondos (POF), que será enviada del
Banco del Comprador al Banco del Vendedor
6)
Una vez autentificada la Prueba de Fondos (POF),
el Vendedor (seller) proveerá la Prueba del producto (POP) que le será enviada
al Banco del Vendedor y un oficial de este a su vez lo remitirá la banco del
Comprador.
7)
El oficial del Banco del Vendedor informará y
enviará los datos necesarios de la operación a la SGS (Societé General de
Surveillance) quien controlará el proceso completo en embarque, esto es, Carga
de la mercancía en barco o donde sea (Shipping), la transportación y descarga
del producto a destino.
8) Las
entregas, una vez hechas de acuerdo con todo el procedimiento arriba indicado aplicable
a los embarques, estarán totalmente de acuerdo a lo establecido en el contrato.
La
SGS (que tiene el nombre de la firma que lo emite) es el certificado necesario y
suficiente para ratificar que se está comprando el producto deseado, en este
caso azúcar, de la calidad, análisis, y características pactadas en el
contrato. Es importante dejar constancia
que solo existen dos compañías en el mundo que hacen esta certificación y son
totalmente confiables. Son los ojos y
garantía del comprador y hacen su trabajo profesionalmente y todos los bancos
le tiene absoluta confianza, y los pagos de las Cartas de Crédito o como se
hayan pactado la compra no se ejecutan sin este certificado.
Puede
darse el caso que alguien quiera economizarse ese costo, no certificar lo que
compra, por confianza o dolo, y simplemente compre a lo cieguito o a lo que “le
conviene”. Importante que a la entrega
de la mercancía ensacada en puerto, hay que suplir un 10% de sacos impresos extras,
para cubrir posibles daños de manejo. Si
alguien tiene malas intenciones por tramposo, puede usar estos para “crecer”
con otra cosa su producto.
El SGC en caso de azúcar contiene lo siguientes datos
y análisis que no permiten error en lo comprado, ni en su calidad, ni pureza, ni
en lo embarcado y recibido:
EspecificaCIonEs del producto
COMMODITY:
White refined cane sugar;
ICUMSA:
45
RBU;
SPECIFICATION:
Fit
for human consumption;
POLARIZATION:
99.80%
Minimum;
MOISTURE:
00.04% Maximum by weight;
SULPHATE ASH CONT.:
00.04% Maximum by weight;
GRANULATION:
Fine
standard crystal, medium to fine;
SOLUBILITY:
100.00% Dry and free fine flowing;
RADIATION:
Within,
normal, with internationally accepted limits, without presence of Cesium or
Iodine, certified;
COLOUR:
Sparkling white maximum, 45 ICUMSA attenuation units (ICUMSA Method Nº
10-1978);
CROP: Current;
ASH
CONTENT: 00.04%
Maximum;
MAGNETIC PARTICLES:
4 MG/KG Maximum;
SO2: 70
MG/K;
ASH BY
ELECTRICAL: 00.04 % Maximum (on dry weight
basis);
CONDUCTIVITY: 00.04
% Maximum (on dry weight basis);
SULPHUR DIOXIDE: 00.05%,
20 MG/KG Minimum;
SEDIMENTS:
None;
SMELL: Free
of any smell, odor, typical;
REDUCING
SUGAR: 00.05%
Maximum by weight;
HPN STAPH AUREUS:
NIL;
MAX AS: 1
P.P.M;
MAX PB: 2
P.P.M;
MAX CU:
3
P.P.M;
SUBSTANCE:
Solid,
Crystal;
FREE FROM:
Mold,
unnatural odors, chemicals and insects;
POISONOUS:
Phytosanitary
certificate;
SEED HUSKS:
Of no radiation, no virus, insect parts, no poisonous matter and non-genetic
and is suitable for human consumption.
Cuando se embarca
la mercancía, los Documentos de Embarque (Bill of Lading), Certificado de peso,
la liberación del Banco para entrega de la mercancía y el pago, Certificados
del seguro por el 110% de valor, Certificados de fumigación y Fitosanitario,
lista de embarque, factura del vendedor, etc., Con todos estos documentos la operación
termina con felicidad y confiabilidad. Si
todo se hizo siguiendo el protocolo normal, los alegatos son solo excusas sin
fundamento, que quieren encubrir otra realidad.
En el caso de
la contaminación de las 14 mil toneladas de azúcar morena llegadas y
distribuidas en el país contaminadas con arena, se podría especular donde maliciosamente
esta alteración tuvo lugar: Al ingenio no le conviene hacer esto, pues perdería
su reputación y estaría sujeto a sanciones nacionales e internacionales y a
demandas que posiblemente lo sacarían del mercado por no confiable. A) Quizás tuvieron un desecho contaminado y
alguien se los compró con el conocimiento claro de su condición y quizás con la
idea de reporcesarlo y limpiarlo, lo cual quedaría claramente establecido en el
contrato de venta. B) Alterar el
producto en el proceso de consolidación en el almacén de embarque, o en el
camino en alguna parada “técnica” o al arribo a destino en el muelle o en el almacén
del comparador. En el barco es difícil pues
generalmente no viene a granel, sino en sacos de 50 Kg. Y en este caso son 240,000 sacos amontonados
uno sobre otro. Lo importante para las
autoridades Dominicanas es que el importador muestre el SGC. Si no lo tienen es una compra fuera de normas
y protocolo del comercio internacional y sujeto a sospechas y si lo tienen, la
contaminación se hizo luego del arribo a Santo Domingo.
Si existiera
dolo debería darse un escarmiento ejemplarizante, con una nueva justicia ciega
y sorda, aunque esto sea pedirle peras al olmo.
Se puede hacer dinero legalmente y respetando las leyes, a los
consumidores y sus derechos, al país y las poquísimas autoridades como las de Pro-Consumidor
que quieren bien hacer su trabajo. No es
necesario darle salchichón y embutidos con excremento y orines de ratas, con químicos
en exceso, azúcar con arena, gas LPG fuera de norma y mal medido, alimentos
enlatados y medicinas vencidas y falsificadas, traídas casi de regalo de países
que las tiene que desechas, combustibles ordeñados en el camino, con la complicidad
de autoridades, organismos y partidos, en fin, toda una gran lista de trampas y
engaños, para hacer dinero rápido. A quien
no tenga conciencia ni respeto, Quien juega con la salud y la economía de la
población, a esos delincuentes de cuello blanco para quienes no hay cárceles duras
ni duraderas, debería estar sujetos como en China un paredón, donde la familia aun
tuviera que comprar la bala o la soga para su ejecución.