miércoles, agosto 05, 2009

MALA FE I

Sin Temor… Ni Favor…

Mala fe I


Luis H. Arthur S.

El límite para el cobro de impuestos por un gobierno, es el llevar la tasa impositiva al 100%. De esta manera un gobierno podría quedarse con todo en una ambición desenfrenada e ilógica. Si esto hiciera, simplemente la economía colapsaría, y si el gobierno no mantuviera a toda la población como en los regímenes socialistas, esta moriría. En la realidad de los países capitalistas, la presión tributaria, como se le llama, es generalmente entre 10 y 20%, dejando que la economía tenga la mayor parte del dinero para que se desarrolle y avance.
En nuestro país, se han dictado leyes que dicen buscar una recaudación suficiente para que el Estado haga su función adecuadamente, pero hemos observado que la eficiencia y justicia de los gastos es muy deficiente, y gran parte se dilapida mal usada y sustraída.
De todas maneras estamos obligados a pagar lo que las leyes ordenan de una manera muy eficiente, en fechas debidas, con penas y multas por el departamento recaudador, tan eficientemente, que también sirve de arma política para destruir o castigar a empresarios y personas.
Dado las grandes precariedades del acontecer nacional, se dictan leyes de incentivo para tratar de corregir distorsiones en sectores y proyectos que no pueden competir de otra manera, generalmente por tiempos limitados, y para que la población pueda seguir subsistiendo con lo que gana.
Desde el Presupuesto Nacional del 2008, por acuerdo de Transparencia firmado con el FMI en el 2007. Se consignó esta renuncia de parte de impuesto, con el nombre “Gastos Tributarios”. En la Ley de Gastos Públicos del 2009 estos Gastos Tributarios son de RD$104 mil millones, el 5.93 del PIB.
Del informe de un economista de fuste, tomamos los siguientes datos:
1) Como Gastos Tributarios se consignan RD$61,078.5 millones, o sea el 58.3%, como exención de la DGII del 16% del Itbis a los alimentos de la canasta familiar, los combustibles, la electricidad, etc.
2) A las Bebidas alcohólicas: RD$ 1,379.3 millones por concepto de un impuesto por grado alcohólico.
3) A los Hidrocarburos: RD$686.0 millones por concepto de la no indexación trimestral por inflación del impuesto fijo por galón; y
4) RD$ 11,435.2 millones por concepto de menor fiscalidad en el caso del gasoil y del GLP vs. las gasolinas Premium y regular.
La suma de estos tres conceptos, monta RD$13,500.5 millones, o sea un 12.9% del total de Gastos Tributarios.
5) Se incluyó una exención de los RD$5,000,000 en el Impuesto a la Propiedad (IPI), lo que representa RD$3,010.5 millones, y a los solares en zonas rurales RD$3,078.0 millones, equivalen al 5.8%
S. Domingo, R. D. * luis@arthur.net * www.luis.arthur.net * www.luisharthur.blogspot.com * 4\VIII\2009